Guía · Paso a paso
Cómo emitir una receta u orden electrónica
Lo que necesitás tener antes de la primera receta, cómo se emite —medicamentos y también órdenes de estudios y prácticas— y qué recibe cada uno: el paciente, la farmacia y vos.
Antes de la primera receta
- 1
Matrícula habilitada en el REFEPS
El Registro Federal de Profesionales de la Salud es donde la plataforma comprueba que tu matrícula está vigente. Si tu colegio o ministerio todavía no la cargó, la receta no sale.
- 2
Tu CUIL
Es con lo que el sistema te identifica ante el registro. Va en tu ficha de profesional.
- 3
Los datos del paciente
Nombre, DNI o CUIL, fecha de nacimiento y sexo son el mínimo que pide la norma; la cobertura y el número de afiliado, si la tiene. Una ficha incompleta frena la receta antes de firmarla.
- 4
Un segundo factor para firmar
La firma electrónica pide comprobar que sos vos: contraseña más un código de una app de autenticación. Se configura una vez.
- 5
El medicamento por su nombre genérico
La Ley 25.649 obliga a recetar por el nombre genérico. La marca y la presentación se indican aparte, si corresponde.
Cómo se emite, paso a paso
- 01Abrís el turno o la ficha del paciente y elegís «Emitir receta».
- 02Buscás el medicamento por su genérico; el vademécum sugiere presentaciones. Indicás posología y duración.
- 03Para un estudio o una práctica elegís «Orden» en vez de «Receta»: sale con el mismo formato y el mismo código verificable.
- 04Confirmás con tu contraseña y el código del segundo factor. La receta queda firmada y registrada de forma inalterable.
- 05El paciente la recibe como PDF por email y la ve en su portal; también la podés compartir por WhatsApp desde tu celular.
- 06La farmacia verifica el código QR o el código público y registra la entrega, entera o en partes.
Lo que la plataforma no hace hoy
Dicho acá y no en la farmacia. Mi Agenda Profesional está inscripta en el Registro de Recetarios Electrónicos del ReNaPDiS con el N° 297 (legajo RL-2026-76877041-APN-SSVEIYES#MS), como recetario, desde el 10/08/2026.
Medicamentos controlados
Los psicotrópicos y estupefacientes (Leyes 17.818 y 19.303) se frenan antes de firmar. Para ésos seguís con el recetario oficial que usás hoy.
CUIR y Mi Argentina
La plataforma está inscripta como recetario, no como repositorio. La receta se verifica por su código QR en nuestro portal público; hoy no genera el CUIR, así que no aparece en la app Mi Argentina.
Validación de cobertura en línea
La receta no consulta a la obra social ni a la prepaga al emitirse. La cobertura la valida la farmacia, como con una receta en papel.
Preguntas frecuentes
¿Qué datos del paciente son obligatorios en una receta electrónica?
Nombre y apellido, DNI o CUIL, fecha de nacimiento y sexo, más la cobertura y el número de afiliado si la tiene. La Disposición 1/2025 pide el CUIL para identificar al paciente.
¿Cómo se emite una orden de estudios o prácticas?
Igual que una receta: desde el turno o la ficha, eligiendo «Orden» en vez de «Receta». Sale con el mismo formato y el mismo código verificable, como pide la Resolución 2214/2025.
¿Cómo le llega la receta al paciente?
Como PDF por email y en su portal de paciente. También la podés compartir por WhatsApp desde tu propio celular. La lleva en el teléfono a cualquier farmacia.
¿Y si la farmacia no la acepta?
La farmacia verifica el código QR o el código público en el portal de verificación. Si no la acepta, lo habitual es un convenio de la obra social o del colegio de farmacéuticos de la provincia: preguntá ahí.
¿Tu provincia tiene algo distinto? Mirá cómo está cada provincia.
Probalo con un paciente de prueba
Creá la cuenta, cargá tu matrícula y emití una receta de prueba en cinco minutos. Sin tarjeta.
Fuentes
- Receta electrónica — Ministerio de Salud (ReNaPDiS)
- Plataformas inscriptas en el ReNaPDiS — lista oficial
- «El Ministerio de Salud completa la implementación de la receta electrónica» (argentina.gob.ar, julio de 2025)
- «La receta electrónica se incorpora a la app Mi Argentina» (argentina.gob.ar, mayo de 2026)
Esta guía es orientativa y no reemplaza el texto de las normas ni el asesoramiento de tu colegio profesional.
